ALEGACIÓN

CONTRA EL PROYECTO DE URBANIZACIÓN DE"CAN AYMERICH" *

Baso mi alegación en los siguientes argumentos:

  1. El proyecto de urbanización de Can Aymerich no se ajusta a las recomendaciones de la Agenda 21

Durante el invierno 1998/1999, el Ayuntamiento de Castelldefels promocionó oficialmente la Agenda 21, que fue presentada el 19 de enero de 1999 como "Fórum de la Agenda 21 Local de Castelldefels" en el Centro Frederic Mompou.

Según mi parecer como ciudadano de Castelldefels, el presente proyecto de urbanización que estoy alegando no se ajusta a las recomendaciones

contenidas en la "Guía de la Agenda 21", publicada en 1993 por el Departament de Medi Ambient de la Generalitat de Catalunya, y en cuyo capítulo 4.6.3. "Gestió d'ecosistemes fràgils: desenvolupamente sostenible d'àreas costaneras", dice, entre otras cosas:

 

"Les zones costaneres, la intersecció entre la terra y el mar, no són simplement àrees de transició. Contenen una gran diversitat d'ecosistemes i alguns dels hàbitats mundials biològicament més productius.

(...) Els límits de les zones costaneres estan definits per consideracions polìtiques, administratives y ecològiques.

(...) Gran part del pobles del món s'amunteguen en les àrees costaneres, i els recursos de la costa son vitals per a moltes comunitats locals i pobles indígenes.

(...) D'alguna manera, les zones costaneres actuen com a "aigüeres" dels continents, pel fet que llur degradació i contaminació provenen tant de fonts locals com distants. Hi contribueixen els sitemas inadequats (...), com la mala gestió de conques hidrogràfiques, el desboscament en zones pendents, (...), l'expansió dels nuclis de població (...), de manera que el medi ambient costaner està deterioran-se ràpidamente i erosionant-se en moltes parts del món.

Els actuals models de gestió de zones costaneres reflecteixen condicions històriques que ja no són vàlides (...).

Una prioritat clau consisteix a desenvolupar directrius i a adoptar un programa integrat de gestió i desenvolupament de zones costaneres a nivell local, nacional i regional per aconseguir un ús sostenible i multisectional de les zones marines i costaneres (...).

Síhaurien de formular una política adequada i un marc legal que regulessin la utilització i ocupació de cada terra i la gestió i els ritmes díexplotació; que promoguessin tecnologies sanes i práctiques sostenibles; que obliguessin a fer avaluacions díimpacte ambiental (...). També síhaurien de preparar plans díemergéncia (...) per els desastres naturals potencials (...) i per restaurar hàbitats greument alterats".

Por el otro lado, en el capítulo 4.5 "Desenvolupament forestal sostenible", destacan los siguientes puntos que apoyan mi alegación:

"(...) En els programes per al desenvolupament sostenible dels boscos i les zones forestals, hauria de ser prioritari mantenir les funcions múltiples del arbres, els boscos i les zones forestals (...).

La protecció dels boscos requereix mesures preventives, com per exemple accions de gestió i millora de reserves forestals, inclosa líaforestació, la reforestació i les activitats de rehabilitació. (...)

Un altre grup díactivitats prioritàries es dirigiria vers la millor utilització i reconeixement dels valors socials, económics dels arbres, boscos i zones forestals i vers llur gestió sostenible díuna manera coherent amb la utilització de la terra, les consideracions ambientals i les necesitats de desenvolupament. (...)"

*) Véase "Butlleti Oficial de la provincia de Barcelona" del 8 de Febrero del 2001, páginas 32,33 y 34

 

  • El proyecto de urbanización alegado volvería a sacrificar a muchos árboles, lo cual se contradice claramente con las recomendaciones de la Agenda 21, sobre todo teniendo en cuenta que precisamente en la zona afectada ya no quedaría apenas nada "natural", ya que enfrente de la misma pasan la carretera C-245, la autopista A-16, la vía férrea de RENFE y la autovía de Castelldefels.
  • No me parece salubre promocionar unas viviendas que estarán expuestas a una contaminación del aire y a un ruido infernal proveniente de las arriba mencionadas vías de comunicación, sobre todo teniendo en cuenta la inexistencia de las pantallas sonóricas que nos prometieron durante la construcción de la autopista A-16 en 1991/1992.
  • El pilar fundamental de la Agenda 21 es la "Sostenibilidad". Según mi criterio, la ciudad de Castelldefels está experimentando un crecimiento absolutamente insostenible. Se está construyendo una estatua con cabeza de oro y pies de barro. La ciudad carece de transporte urbano, capaz de comunicar entre sí y con el centro los extensos y alejados barrios. Se promueven incesantemente nuevas viviendas, sin crear antes las infraestructuras necesarias. Las entradas al pueblo siguen siendo tercermundistas. Por ejemplo, en la entrada sur por la carretera C-245 hay talleres que dejan coches de "desguace" encima de la franja reservada a los peatones. Enfrente, la carretera tiene un desnivel de 30 cm con el alcen, lo cual representa un grave peligro para ciclistas y motoristas. Media ciudad sigue sin alcantarillado. Hay barrios que siguen inundándose. Los autobuses que deberían comunicarnos con Barcelona son demasiado grandes para las estrechas calles del centro, donde es habitual aparcar en doble y triple fila, de modo que a menudo el autobús tiene que esperar 10 minutos (!). Una ciudad que suprimió su cuerpo de bomberos. Los barrios periféricos no tienen apenas tiendas, ni servicios, ni equipamientos de barrio, ni escuelas. Tampoco están señalizados como "Zona 30 km/h", como exige la UE. Por ejemplo: por la Avenida del Poal o por la Avenida Bellamar circulan vehículos a 100 km/h (!). Durante las obras de alcantarillado del barrio del Poal, se talaron casi la totalidad de los árboles públicos (206, para ser exactos), con edades comprendidas entre los 30 y casi 100 años, en mayo de 1997, es decir, en pleno período de incubación de las aves. En muchas calles ni se replantaron árboles, y muchos de los que fueron plantados se han muerto de sed. El nuevo colector de aguas pluviales reventó al poco tiempo, dejando inutilizada la Avenida del Poal durante un año Los vecinos tuvieron que pagar el 90% de los costes de tan mala obra. La autopista A-16 nos trajo kilométricos muros de hormigón (por ejemplo en Bellamar), que después de 11 años siguen sin estar cubiertos por enredaderas, que embellecen el muro y absorben el ruido. Hablando de ruido: la mayor parte de la autopista sigue sin pantallas sonóricas, el ruido es insoportable. Para construir uno de los paseos marítimos más desoladores del litoral se sacrificó la pequeña "aldea de pescadores" que se encontraba a la altura del hoy "Parque de Dunas". La lista de factores que demuestran la insostenibilidad del crecimiento de esta ciudad sería interminable.

 

  • Presento esta alegación, porque la urbanización de Can Aymerich no hará más que incrementar la insostenibilidad de Castelldefels, en contra de las recomendaciones de la Agenda 21. En cambio, uno mi voz a la de centenares de conciudadanas y

conciudadanos que desde años piden una moratoria para proyectos urbanísticos de esta envergadura, con tal de ganar tiempo para estudiar los medios a tomar para alcanzar la sostenibilidad.

  • Con urgencia pido que como mínimo se aplace la ejecución de este proyecto hasta que no quede definido definitivamente lo que se hará con la zona adyacente de Can Aymerich, otro tema que preocupa profundamente a centenares de conciudadanas y conciudadanos y hasta que la Agenda 21 no haya sido llevada a cabo en Catalunya (véase el artículo "Catalunya inicia la agenda 21", publicado en la página 35 de "El Periódico de Catalunya" del 16 de febrero de 2001, que entre otras cosas dice:

"Jordi Pujol presidió ayer la primera de las siete sesiones públicas que se celebrarán para informar y animar a la participación social en la elaboración de la Agenda 21 de Catalunya, que estará lista en junio del 2002, cuando se celebre la Cumbre Río + 10" (...)

 

 

 

  1. El proyecto de urbanización de Can Aymerich no se ajusta a las recomendaciones del Síndic de Greuges en materia de prevención de inundaciones

Véase el "Informe extraordinari del Síndic de Greuges al Parlament de Catalunya sobre la actuació de líAdministració Pública en matéria de prevenció i líintervenció davant el risc díinundacions i avingudes, tram. 360-00004/06" (véase Butlletí Oficial del Parlament de Catalunya, número 114 del 22 de noviembre de 2000).

En el Capítulo 4.3 del citado informe ("En matèria de planificació territorial i urbanística"), cabe destacar dos párrafos importantes:

"Líactividad planificadora del territori, en allò que fa referencia als riscos naturals, ha de tenir en compte les característiques orogràfiques, hidràuliques i metorològiques de la zona per pemetre-hi els asentaments residencials, industrials i díesbarjo, usos que lògicamente poden tenir diferents graus de requeriments i díintensitat en compliment dels requisits de seguretat.

Sembla lògic que el planificador territorial hagi díacudir a la normativa sectorial o als especialistes concrets en els diferents supòsits de risc per reflectir en la normativa urbanística els condicionants díusos del sòl.

Aquesta interrrelació entre líactivitat planificadora del territori i allò que pugui establir la normativa sectorial en materia díaigües, protecció civil, boscos, etc., no sempre ha estat tan evident, ja sigui per manca de previsió del legislador o per manca de disponibilitat del coneixements suficients sobre el comportament del territori devant situacions extremes (per exemple, la determinació legal de les zones considerades inundables).

En matèria de planificació territorial o urbanistica, disposem a Catalunya de tres textos bàsics de referència: la Llei 23/1983, de 21 de novembre, de política territorial, el Pla territorial general de Catalunya, aprovat per Llei 1/1995, de 16 de març, i el Text refós de la legislació vigent a Catalunya en matèria díurbanisme, aprovat per Decret legislatiu 1/1990, de 12 de juliol."

 

  • Es harto conocido que la zona que se quiere urbanizar (Can Aymerich) tiene un alto riesgo de inundación, en parte debido a la desastrosa construcción de la autopista A-16, que se construyó con "prisas olímpicas", taponando sin contemplaciones los eventuales "desagües naturales" hacia el mar que anteriormente pudieran haber existido. El recubrimiento de esta zona con una nueva urbanización (hormigón y asfalto) impedirá que el suelo pueda absorber el agua, de modo que existe un alto riesgo de inundación. En la entrada sur de Castelldefels por la carretera C-254 existe un parque de similares características, que llega a cubrirse durante días con más de 50 cm de agua cada vez que llueve copiosamente. La comunidad científica mundial ha reconocido recientemente que el calentamiento global del planeta es un hecho indiscutible. Las catastróficas lluvias en todos los países del Atlántico (inclusive Galicia) no son más que un simple efecto físico: cuando la temperatura media de un océano o mar aumenta, la cantidad de agua evaporada también lo hace, pero en cantidades increíbles, y durante más tiempo. Cuando se condensa en las capas superiores, la lluvia es cada vez más intensa y casi continua: en Galicia, Inglaterra, Noruega puede llover ininterrumpidamente durante meses y meses. Lo mismo ocurrirá con el Mar Mediterráneo. La "Gota Fría" que cayó en otoño del año pasado es una prueba de ello. Castelldefels es una zona con un alto riesgo de inundación, que indudablemente se incrementará en el futuro. Si en Castelldefels la gota fría durara una semana, la Riera del Canyars se convertiría en un gran peligro para los habitantes de nuestra ciudad. La cercana presencia del valle de Can Aymerich, que en caso de una prolongada gota fría se convertiría en una copiosa riera, incrementa el riesgo de inundación de la proyectada urbanización.

 

  1. El proyecto de urbanización de Can Aymerich no ha tenido en cuenta una sentencia del Tribunal Superior de Catalunya

Véase sentencia del Tribunal Suprem de Catalunya del 23 de abril de 1996 sobre la Protección de las Zonas Húmedas.

 

  • Considero que esta zona (junto con la zona colindante de Can Aymerich) es absolutamente el último trozo "virgen" de Castelldefels, donde el Delta se junta con el macizo del Garraf. Al ser una zona limítrofe entre un "suelo freático" y el "maquis del Garraf", aquí puede haber una flora y fauna autóctona de altísimo interés. La presencia de decenas de enormes chopos muy frondosos es señal inequívoca de que el suelo es bastante húmedo. No es exactamente un "Wetland" clásico, pero teniendo en cuenta la sentencia del Tribunal Suprem de Catalunya del 23 de abril de 1996 sobre la Protección de las Zonas Húmedas, considero que antes de llevar a cabo cualquier obra urbanística, la zona de Can Aymerich debería ser auditada por una entidad neutral y competente (por ejemplo el Grupo de Estudiosos del Garraf), antes de que una nueva urbanización la destruya irreversiblemente. Con el fin de subrayar estas consideraciones, véase también el inventario sobre las zonas húmedas de Catalunya, elaborado por el Departament de Medi Ambient de la Generalitat, en contiene numerosas fichas con zonas húmedas del Baix Llobregat claramente delimitadas, en municipios muy cercanos a Castelldefels, como son: Gavá, Viladecans, Sant Boi de Lóbrega, El Prat de Lóbrega, Molins de Rei etc. En algunos casos, las zonas protegidas no son más grandes que la zona de Can Aymerich. Considero que no se puede urbanizar esta zona hasta que el Departament de Medi Ambient de la Generalitat de Catalunya haya estudiado el valor medioambiental de toda la zona afectada.

    1. El proyecto de urbanización de Can Aymerich no se ajusta a las recomendaciones de las organizaciones para la defensa de los animales y del medio ambiente, como WWF, ADDA, SEO/BirdLife etc.
    • El Delta del Llobregat es uno de los 4 "hoteles" para aves migratorias más importantes del mundo. En efecto, las aves migratorias que vuelan año tras año desde el norte de Europa para pasar el invierno en África necesitan reposar en los 4 "hoteles" más importantes del sur de Europa para aguantar viajes que pueden tener más de 10000 km: Delta del Ródano (Camargue), Delta del Llobregat, Delta del Ebre y Coto Doñana. Es indiscutible que el Delta del Llobregat ha pasado de ser un "hotel" de cinco estrellas en el Siglo IX a una "pensión" de baja categoría. El aeropuerto, las industrias, las autopistas, el futuro trazado del AVE, las urbanizaciones de "alto standing" de Gavá, donde se han sacrificado miles de árboles de la tupida pineda etc. han convertido el Delta en una pesadilla para las aves. La magra masa forestal que queda en Castelldefels ñcomo parte del Delta- cada día está más amenazada, de modo que las aves pronto no tendrán donde posarse. Necesitamos zonas protegidas, para que nuestra fauna ibérica (la más importante de Europa) pueda sobrevivir. La zona afectada por el presente proyecto de urbanización debe ser una de ellas.

    Según SOE/BirdLife, en la zona de Can Aymerich habitan dos aves: la Curruca rabilarga (Sylvia undata) al igual que la Collalba negra (Oenanthe leucura) son especies incluidas en el anexo 1 de la Directiva de Aves de la Unión Europea, 79/409/CEE, por lo tanto todos los estados miembros están obligados a tomar medidas para la preservación de las aves contempladas en dicho anexo, además estas especies están amparadas por la Llei de protecció dels animals de la Generalitat, el Catalogo Nacional de especies amenazadas y el Convenio de Berna. El estatus de la Collalba negra en Europa es de SPEC 3, en peligro debido al gran declive de sus poblaciones a causa de la disminución de zonas adecuadas de nidificación y la reforestación, pues es una especie que prefiere espacios abiertos y pedregosos. El estatus de la Curruca Rabilarga en Europa es de SPEC 2, vulnerable con un fuerte declive de sus poblaciones en la península ibérica. Sus mayores amenazas son la fragmentación y destrucción de su hábitat debido a la intensificación agrícola y el desarrollo urbano.

    Además de las aves, otros animales que viven en el Parque Natural del Garraf tienen que ver día tras día como sus corredores biológicos entre la montaña y el mar desaparecen o se vuelven una amenaza para su supervivencia. El mayor corredor biológico que existía (la Riera dels Canyars) hoy está seriamente

    amenazado por la megaurbanización que lleva el mismo nombre.

     

    1. El proyecto de urbanización de Can Aymerich no se ajusta a una posible interpretación de la Constitución Española

    El artículo 45, párrafo 1 de la Constitución Española dice textualmente:

    "Todos tienen el derecho a disfrutar de un Medio Ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo".

    • Según mi parecer y por las razones que he expuesto más arriba, este proyecto no es "adecuado para el desarrollo de la persona", de modo que el Ayuntamiento tiene la obligación constitucional de conservar este trozo de naturaleza.

     

     



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